Consumo recuerda que las reparaciones en garantía deben ser gratuitas y sin gastos para el comprador

La Junta de Andalucía recuerda que las empresas deben asumir los costes y entregar justificantes tanto al recibir como al devolver el producto reparado.

Reparar un producto defectuoso durante su periodo de garantía legal no debe costarle dinero al comprador. La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía ha recordado este sábado, 17 de octubre, los derechos de los consumidores con motivo del Día Mundial de la Reparación. Entre ellos figuran la gratuidad del arreglo, la obligación de entregar justificantes y el respeto a los plazos de garantía.

Cuando un artículo presenta un defecto cubierto por la garantía, el consumidor puede solicitar su reparación o sustitución. Sin embargo, esta elección tiene límites cuando alguna de las alternativas resulta imposible o supone un coste desproporcionado.

La reparación en garantía incluye transporte, piezas y mano de obra

Consumo recuerda que la reparación debe ser completamente gratuita cuando el defecto está cubierto por la garantía legal. Por tanto, la empresa responsable debe asumir todos los gastos necesarios para solucionar el problema.

Esta obligación incluye los costes de envío, transporte, materiales y mano de obra. Además, el arreglo debe completarse en un plazo razonable y sin causar mayores inconvenientes al comprador.

La gratuidad también alcanza a determinados productos que ya estaban instalados cuando apareció el defecto. Por ejemplo, si resulta necesario desmontar un aparato para repararlo, la empresa deberá asumir su retirada y posterior instalación cuando corresponda.

Dos justificantes que el consumidor tiene derecho a recibir

La Dirección General de Consumo insiste en conservar el tique o factura de compra y, cuando exista, el albarán de entrega. Estos documentos permiten acreditar la fecha de adquisición o recepción del artículo.

Además, la empresa debe facilitar documentación durante el proceso de reparación. En concreto, el consumidor tiene derecho a recibir dos justificantes:

  • Al entregar el producto: un documento que indique la fecha de entrega y describa el defecto o problema comunicado.
  • Al recuperar el producto: un justificante con la fecha de devolución y la descripción de la reparación realizada.

Ambos documentos permiten conocer cuánto tiempo ha permanecido el artículo en reparación. También ayudan a acreditar las actuaciones realizadas y las fechas que afectan a la garantía.

Tres años de garantía legal en productos nuevos

Los productos nuevos cuentan, con carácter general, con tres años de garantía legal. En cambio, para los bienes de segunda mano vendidos por una empresa puede acordarse una cobertura inferior, aunque nunca de menos de un año.

Por otra parte, algunos fabricantes y vendedores ofrecen garantías comerciales adicionales. Estas coberturas voluntarias se suman a los derechos que reconoce la legislación.

Mientras el producto permanece en reparación, el plazo de garantía queda suspendido. Así, el tiempo que transcurre desde su entrega a la empresa hasta su devolución no consume el periodo de protección restante.

Además, si el mismo problema reaparece durante el año siguiente a la devolución del artículo reparado, la normativa presume que se trata del defecto original, salvo prueba en contrario.

Consumo también recuerda que los fabricantes deben garantizar un servicio técnico adecuado y la disponibilidad de repuestos durante un mínimo de diez años desde que el producto deja de fabricarse.

Reparar también ayuda a reducir los residuos

La Junta de Andalucía vincula este recordatorio con el Día Mundial de la Reparación, celebrado el 17 de octubre. La fecha pone el foco en la posibilidad de prolongar la vida útil de los artículos antes de desecharlos.

De este modo, reparar los productos que todavía pueden utilizarse contribuye a reducir los residuos y favorece un consumo más sostenible.

Dónde consultar dudas sobre una reparación en garantía

Las personas consumidoras de Andalucía pueden solicitar información gratuita a través de Consumo Responde, el servicio de asesoramiento impulsado por la Junta de Andalucía.

La atención telefónica se presta mediante el número gratuito 900 21 50 80. También se pueden enviar consultas al correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es.

Ambos canales atienden de lunes a viernes, de 8.00 a 20.00 horas, y los sábados, de 8.00 a 15.00 horas, salvo festivos. Asimismo, la ciudadanía dispone de información en www.consumoresponde.es.

Por otra parte, quienes prefieran recibir asesoramiento presencial pueden acudir a los servicios provinciales de Consumo, a las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC) o a las organizaciones de consumidores y usuarios.

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